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  • Foto del escritorOscar Bonilla

Actualización sobre Facturación Electrónica (Febrero 2023)

Avanza el 2023 con mucha velocidad y dinamismo. Aprovechamos la próxima culminación del segundo mes del año para compartirles información relevante sobre la Facturación Electrónica en Panamá, como complemento a los boletines enviados en pasados meses.


A continuación, les comparto un resumen las principales normativas referentes a la implementación de la facturación electrónica en Panamá de los últimos meses.

  • Resolución No. 201-8791 de 1 de Diciembre de 2022

Esta resolución extiende el plazo para empresas proveedoras de bienes y servicios que contraten con los Centros Educativos del Ministerio de Educación, y para aquellas que justifiquen su excepcionalidad siguiendo el procedimiento indicado en dicha Resolución. El plazo que se da es hasta el 31 de Marzo de 2023, y se dará sólo a aquellas empresas que justifiquen su excepcionalidad.

  • Decreto Ejecutivo No. 3 de 20 de Enero de 2023

Establece el Calendario para la implementación de equipos fiscales autorizados o Sistema de Facturación Electrónica de acuerdo a las siguientes fechas de implementación:

2 de Enero de 2023:

  • Las actividades privadas debidamente autorizadas por la Autoridad Marítima de Panamá para que garanticen el cumplimiento de las normas de construcción, navegación, prevención de la contaminación y de seguridad de las naves mercantes, de transporte de pasajeros, de placer, de investigación científica, trabajo, exploración petrolífera y de perforación de tráfico internacional, estén o no inscritas en la Marina Mercante de Panamá.

  • Servicios de Transporte de carga de derivados del Petróleo.

  • Hostales que tengan menos de siete cuartos.

  • Actividades de arrendamiento de bienes inmuebles bajo contratos notariados o inscritos en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, realizada por personas naturales o jurídicas que administren sus propios bienes sin la intervención de terceras personas.

30 de Abril de 2023:

  • Las operaciones y servicios en general realizados por los bancos y otras instituciones financieras, incluidas las empresas de arrendamiento financiero y fondos de inversión, así como las actividades realizadas por las instituciones bancarias de crédito, fiduciarias o financieras regidas por leyes especiales, las cooperativas, las instituciones y fondos de ahorros, los fondos de pensión, los fondos de retiro y previsión social y las entidades de ahorro y préstamo. Primera Fase.

30 de Junio de 2023

  • Zona Franca Del Barú

  • Ciudad del Saber

  • Zonas Francas

  • Zona Libre de Petróleo

  • Sede de Empresas Multinacionales (SEM)

  • Área Económica Especial Panamá Pacífico (AEEPP)

  • Zona Libre de Colón (ZLC)

  • Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA).

  • Las empresas establecidas bajo el régimen de SEM y EMMA, por mandato de la Ley 41 de 2007 y la Ley 159 de 2020, respectivamente, no están sujetas al uso de equipos fiscales, por lo que den ir directo a Facturación Electrónica.

31 de Agosto de 2023

  • Las operaciones realizadas por las bolsas de valores y de productos autorizados para operar en Panamá.

  • Las operaciones realizadas por el sector Seguros.

  • Las operaciones realizadas por otras entidades financieras previamente no tipificadas.

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  • Resolución No. 201-0717 de 26 de Enero de 2023

“Que reglamenta las fases en las que deben implementar el sistema de facturación electrónica, las operaciones y servicios realizadas por los bancos y otras instituciones financieras”. Esta resolución brinda más detalles en referencia a lo indicado en el Decreto No. 3 de 20 de Enero de 2023, y la implementación por fases de los servicios brindados por bancos y otras instituciones financieras.

  • Recordatorio de la Resolución No. 201-5214 de 19 de Julio de 2022.

“Que actualiza los deberes de los usuarios del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá y los plazos para los usuarios no activos dentro del plan piloto”. A manera de recordatorio, aquellas personas naturales o jurídicas que pueden utilizar el facturador gratuito son aquellas que tengan hasta B/. 1,000,000 en ingresos brutos anuales o que emitan más de 200 documentos mensuales.


Aquellas personas naturales o jurídicas que superen el rango de ingresos brutos anuales indicados en la tabla anterior, o el número de documentos mensuales (facturas, notas de débito, notas de crédito) indicados en la tabla anterior, deben utilizar un Proveedor de Autorización Calificado (PAC) y los plazos de implementación van de acuerdo con lo siguiente:

  • Personas Naturales: Hasta 90 días calendario.

  • Personas Jurídicas con rango de ingresos brutos anuales menores o iguales a B/. 1,000,000.00 tendrán hasta 90 días calendario.

  • Personas Jurídicas con rango de ingresos brutos anuales entre B/. 1,000,000.01 hasta B/. 2,500,000.00, tendrán hasta 120 días calendario.

  • Personas Jurídicas con rango de ingresos brutos anuales superiores a los B/. 2,500,000.01 tendrán hasta 120 días calendario.

Este plazo se calcula desde la presentación de la declaración jurada de incorporación al sistema de Facturación Electrónica de Panamá.

  • Nuestra Experiencia

Gracias a la confianza y apoyo de nuestros clientes, hemos logrado implementar exitosamente proyectos de facturación electrónica tanto en empresas multinacionales como empresas locales con distintos niveles de complejidad. Es por ello que ponemos a disposición de ustedes nuestro catálogo de servicios para facturación electrónica, que incluye:

  • Asesoría Administrativa para la implementación de Facturación Electrónica. Incluye apoyo en la obtención de firma digital, selección del Proveedor de Autorización Calificado (PAC), solicitud para inscribirse en el Sistema de Facturación Electrónica de la DGI.

  • Asesoría Técnica para la Implementación de Facturación Electrónica.

  • Apoyo en la integración entre Distintos ERPs y los Proveedores de Autorización Calificados (PAC)

  • Facturación electrónica mediante dispositivos móviles (venta en ruta).

  • Migración de Impresoras Fiscales hacia Facturación Electrónica.

  • Soporte post-implementación.

Si aún no han implementado facturación electrónica, o están presentando alguna complicación en su proceso de implementación, contáctenos para ver cómo les podemos ayudar (sin compromiso). No espere hasta el último momento. SIONSA está aquí para hacerle la vida más fácil.

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