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  • Foto del escritorOscar Bonilla

Actualización sobre Impresoras Fiscales y Facturación Electrónica (Mayo 2021)

La Dirección General de Ingresos (DGI) de la República de Panamá ha anunciado cambios próximos referentes a las alternativas de facturación que tienen las empresas al ofrecer sus productos y servicios a nivel nacional. Para efectos de la presente nota, nos referiremos específicamente a las impresoras fiscales y a la facturación electrónica.


Aquellas empresas que actualmente utilicen impresoras fiscales, o que estén exceptuadas del uso de equipos fiscales, deberán decidir la alternativa que van a utilizar para su facturación, la cual puede ser:


  • El continuar con la utilización de equipos fiscales, cumpliendo con las nuevas normativas referentes a la comunicación de datos con la DGI (que procederemos a explicar).

  • Podrán solicitar de manera voluntaria para la Facturación Electrónica.


A continuación, detallamos las generalidades de cada una.


I. Equipos Fiscales


En el año 2010 se introdujeron las impresoras fiscales a Panamá. Estas son dispositivos encargados de almacenar los registros de las transacciones comerciales para fines tributarios y fiscales.


Con el paso del tiempo han surgido nuevas tecnologías, lo que ha obligado a la DGI a actualizar el marco normativo para los equipos fiscales. Por esto, a finales del año pasado se publica en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo No. 770 de 30 de diciembre de 2020 “Que establece las normas relativas a la adopción de Equipos Fiscales para la emisión de comprobantes Fiscales y otros documentos”, incluye entre sus definiciones los siguientes componentes:

  • Dispositivo de comunicación: “Componente de hardware y firmware incorporado al Equipo Fiscal, o externo pero compatible a este, que permita la conexión a Internet para el reporte de las operaciones según las funcionalidades definidas por el presente Decreto Ejecutivo. Su programa de control debe estar integrado en un único firmware, sin permitir el uso de ningún software que puede ser vulnerable a intervención externa).”

  • Componente de Transmisión de Datos: “Sistema que permite comunicarse directa o indirectamente con el Equipo Fiscal para obtener datos reales y comunicarse directamente con la API Web para recibir comandos y transmitir los datos solicitados por la Dirección General de Ingresos (DGI).”

Las nuevas regulaciones obligan a todos los contribuyentes (con excepción de aquellos exceptuados por la Ley 76 de 1976 y sus modificaciones) que están obligados a utilizar equipos fiscales, a utilizar también alguna de las formas de comunicación que permitan a los equipos fiscales transmitir la información vía internet hacia la DGI.


Estas adecuaciones deberán ser implementadas a partir del 1 de Junio de 2021.


Es importante destacar que al Viernes 14 de Mayo de 2021, la DGI indicó que se encuentran en la fase final de homologación de un número plural de estos dispositivos y que pronto estarán saliendo al mercado. Los contribuyentes deben contactar a sus proveedores de los equipos fiscales físicos para adquirir los mismos.

  • Crédito Fiscal

Como parte del proceso, la DGI va a reconocer un crédito fiscal por la adquisición e implementación, tanto del dispositivo externo como por el interno, que sea comprado e instalado por el contribuyente. Este crédito fiscal será por un monto máximo de $400.

Según lo indicado por personal de la DGI, actualmente (Viernes 14 de Mayo de 2021) están trabajando en reglamentar el reconocimiento de este crédito, y será publicado próximamente.


II. Facturación Electrónica


La factura electrónica es un documento digital legalmente válido, que respalda las operaciones comerciales. Contienen los datos de la transacción realizada, la cual estará firmada electrónicamente por el comercio, y debidamente autorizada de forma electrónica.

  • Antecedentes

Entre los años 2018 y 2019 hubo un plan piloto para facturación electrónica, que contó con la participación operativa de 25 empresas que hoy en día utilizan Facturación Electrónica como método de facturación. Dentro de este grupo de empresas hay actividades económicas como comercio al por mayor, comercio al por menor, información y comunicación, depósitos y almacenajes, industria manufacturera, entre otros. En la página web de la Dirección General de Ingresos (link: https://dgi.mef.gob.pa/_7FacturaElectronica/Listadofe.php) pueden ver cuáles son estas empresas.

Una de las principales novedades que tiene la facturación electrónica es que una vez recibida una factura electrónica por parte de uno de los clientes que actualmente la utilizan, el consumidor final puede comprobar que recibió una factura electrónica verificando el documento (ya sea que le llegue por correo electrónico o que tenga el documento impreso) y va a poder identificar lo que se conoce como el “Comprobante Auxiliar de Facturación Electrónica” o “CAFÉ”, que está identificado por un Código único de facturación electrónica y un Código de autorización que la hace válido el documento como tal. Un consumidor final podrá verificar la validez de la factura electrónica con su teléfono y un lector de código QR (que actualmente se tiene en muchos de los teléfonos nuevos).


Según personal de la DGI, de las lecciones aprendidas durante el plan piloto de facturación electrónica se identificó la necesidad de potenciar este método de facturación de forma agilizada, por lo cual revisando las mejores prácticas internacionales en países donde ya fue implementada la facturación electrónica, se sugirió el uso de Proveedores de Autorización Calificados (PAC).

  • ¿Qué alternativas se tienen para la facturación electrónica?

La facturación electrónica se podrá hacer por dos vías:

1. Utilizando el Facturador Gratuito que ofrece la Dirección General de Ingresos (DGI).

2. Utilizando el servicio a través de un Proveedor de Autorización Calificado (PAC).


1. Facturador Gratuito.


Según la Dirección General de Ingresos (DGI), estará disponible a partir del 1 de Junio de 2021.


La DGI habilitará un facturador gratuito que va dirigido a emprendedores (personas naturales) y a las micro y pequeñas empresas. Según personal de la Dirección General de Ingresos, se contempla que utilicen el facturador gratuito emprendedores y empresas que tengan ingresos no mayores a 1,000,000 y con volumen máximo de 200 documentos o facturas mensuales.


Aquellos que utilicen el facturador gratuito, podrán generar facturas, notas de crédito, notas de débito, o anulaciones, desde su computadora o dispositivo móvil (Tablet o teléfono).


Para poder utilizarlo, deben estar inscritos en la DGI con su RUC y su NIT, y deben haber realizado la solicitud para utilizarlo.


2. Utilización del Servicio a través de un Proveedor de Autorización Calificado (PAC).


El Decreto Ejecutivo 115 de 30 de Enero de 2020 define a los proveedores de Autorización Calificados (PAC) de acuerdo a lo siguiente: “Son las personas jurídicas que cuenta con la autorización de la Dirección General de Ingresos para otorgar autorización de uso sobre la Factura Electrónica a contribuyentes que utilicen sus servicios”.

Por el tipo de función que estarán realizando, estas empresas deben cumplir con altos estándares de seguridad, manteniendo la confidencialidad y deben estar en capacidad de ofrecer su servicios 24/7 de cara al contribuyente. La Resolución No. 201-0295 de 20 de enero de 2021 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA LA REGLAMENTACIÓN DE LOS PROVEEDORES DE AUTORIZACIÓN CALIFICADOS (PAC) PARA LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA.”, establece los requisitos que deben cumplir estas empresas.


Al Viernes 15 de Mayo de 2021 no existía ningún Proveedor de Autorización Calificado (PAC) certificado por la Dirección General de Ingresos (DGI). Es importante mencionar que los Proveedores de Autorización Calificados (PAC) deben cumplir el proceso establecido en la Resolución 201-0295 de 20 de Enero de 2021, cuyo primer paso es realizar la Solicitud para ser PAC. Al viernes 15 de Mayo de 2021, esta solicitud aún no había sido publicada en el sistema E-Tax 2. De acuerdo a la Resolución mencionada, el proceso de certificación de PAC tiene varias etapas:

  • Verificación de Requisitos (con un plazo de 10 días)

  • Pruebas (con un plazo máximo de 60 días).

  • Calificación y generación del informe y conclusiones (con plazo máximo de 20 días).

  • De ser aprobado, la emisión de la resolución se hará dentro de un plazo de 20 días.

Algunos comentarios adicionales para entender la figura del Proveedor de Autorización Calificado (PAC). Bajo el esquema de trabajo autorizado por la Dirección General de Ingresos, la autorización o rechazo de los documentos enviados a la Dirección General de Ingresos deben pasar por un Proveedor de Autorización Calificado (PAC) para que realice la autorización o rechazo de la misma, función que inicialmente era responsabilidad de la Dirección General de Ingresos. Esto marca una diferencia importante con las empresas que formaron parte del Plan Piloto, en donde sí se hacía la comunicación directa con la DGI y era esta quien autorizaba o rechazaba los documentos. El Proveedor de Autorización Calificado (PAC) hará la función de autorización o rechazo tanto sincrónicamente como asincrónicamente; recibirá los documentos o facturas electrónicas desde el emisor, las validará y autorizará o rechazará. Igualmente, todos los servicios para consultar las facturas electrónicas, su estado, y su representación gráfica (CAFE), debe ser expuesto por el PAC.


3. Solicitud para utilizar Facturación Electrónica


Según la Dirección General de Ingresos (DGI) se habilitará el 19 de Mayo de 2021.


La solicitud para la utilización de Factura Electrónica se podrá realizar de forma voluntaria, para aquellas empresas y personas naturales que decidan utilizar este método de facturación. Según la Dirección General de Ingresos (DGI), la solicitud se estará habilitando en los próximos días y tiene un período de aprobación de 3 a 5 días hábiles. Si la solicitud es aprobada, a partir del 1 de Junio podrán emitir facturas electrónicamente utilizando el facturador gratuito. Aquellas empresas que cuenten con sistemas contables que requieren integraciones, van a requerir la contratación de un PAC de acuerdo al Decreto 766 de Enero de 2021.


Dentro de la información que van a requerir para la solicitud para utilizar facturación electrónica están:

  • Si el servicio lo utilizarán a través del Facturador Gratuito o a través de un Proveedor de Autorización Calificado (PAC).

  • Los datos en el Etax2 deben estar actualizados.

  • Cantidad de equipos fiscales que actualmente utilizan.

  • Promedio mensual de facturas emitidas.

  • Tipo de negocio (si es venta entre empresas, venta al consumidor final o ambos).

  • Tipo de establecimiento (si es físico, tienda virtual, o ambos).

  • Datos de excepción fiscal (en caso que aplique, tienen requisitos que deben adjuntar como el número de resolución de excepción de uso de Equipo Fiscal, copia de la Resolución de Excepción de Equipo Fiscal previamente emitida por la DGI, Nota firmada por el representante legal solicitando el uso de Facturación Electrónica (FE) como método de facturación.

  • En el caso que no cuente con excepción de uso de equipos fiscales, debe presentar nota firmada por el representante legal solicitando la excepción de equipo fiscal por uso de FE como método de facturación.

Según la Dirección General de Ingresos, en los próximos días se estarán publicando los manuales y guías de apoyo para que se sepa el paso a paso para la solicitud para usar Facturación Electrónica, así como para el uso del Facturador Gratuito.


III. Consideraciones Finales


SIONSA ha trabajado desde el año 2012 con impresoras fiscales a través de una interfaz que desarrollamos para comunicar los distintos ERPs con diferentes modelos de impresoras fiscales. Esto nos ha permitido contar con un amplio número de clientes a los cuales se les ha dado solución y brindado soporte a sus procesos de facturación desde los inicios de las impresoras fiscales. Producto de esto, SIONSA estuvo presente durante las reuniones del Plan Piloto que se dio para la facturación electrónica, brindando asesoría a algunas de las empresas que participaron en esta etapa. Con ello, hemos logrado estar al día en el avance que se ha dado en impulsar la facturación electrónica en el país y sus requisitos.

Con miras a ayudar a las empresas interesadas en modernizar sus procesos de facturación, nos hemos preparado para asesorar a las empresas en las preparación de sus sistemas para la utilización de facturación electrónica, de forma que puedan prepararse y así facilitarles parte del trabajo que hay que realizar, para que así puedan cumplir con las normativas del gobierno referentes a facturación electrónica con el menor impacto posible.


Contáctenos para conversar del tema y ver cómo podemos apoyarles. Nuestros datos de contacto son:

  • Correo: info@sionsa.com

  • Teléfono: +(507)-236-0760

  • Celular o Whatsapp: +(507)-6949-2000


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